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viernes, 26 de agosto de 2011

D. Francisco Serrano: justicia para un juez.


Por Gustavo Revilla:

Estos días y con apenas repercusión mediática se está llevando a cabo el juicio contra el Juez Serrano, juzgado por un supuesto delito de prevariación al modificar el turno de custodia de un niño establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número cuatro, para permitirle participar junto a su padre en la "Madrugá" sevillana, pero también conocido por haber sido uno de los jueces más críticos hacia la legislación feminista, principalmente con la Ley Integral Contra la Violencia de Género (LIVG). La demanda presentada por la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia Andaluz (TSJA) solicita diez años de inhabilitación como juez y una sanción económica de 5400 euros.

Sin embargo Doña Emilia Casas Bahamonde, ex presidenta del Tribunal Constitucional, pasó sin sanción alguna después de verse involucrada en la trama del asesinato de Salgado Pimentel, cuando en las escuchas realizadas por la Policía se demostró que aconsejó a la principal imputada por el asesinato, su ex mujer, orientándola hacia dos abogadas de la asociación de mujeres juristas Themis, una de las más influyentes organizaciones feministas de nuestro país, impulsora entre otras de la propia LIVG, y le ofreció que la llamase a ella en persona en caso de que llegase a apelar hasta el Tribunal Constitucional. Por estos hechos Mª Emilia Casas Bahamonde desobedeció el artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que prohíbe expresamente el que un juez o magistrado dé cualquier tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido. En caso de que un juez así lo haga se considera como una falta muy grave, en base al artículo 417.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Pero aquí no pidieron ninguna dimisión y pasaron por alto el asunto, lo mismo que curiosamente hizo el propio Tribunal Constitucional que mantuvo a María Emilia Casas Bahamonde en su puesto de presidenta al archivar el procedimiento en el que se investigaban estos hechos bajo el pretexto de que no hubo asesoramiento.

Esta situación de desequilibrio es claramente parcial y en consecuencia injusta. Si unimos esta parcialidad con el hecho de que el fallo de María Emilia Casas fue favoreciendo al feminismo de género y que la postura del juez Serrano ha sido claramente contestataria con la legislación nacida de este movimiento y que otros profesionales que han mantenido esta misma actitud se han visto fuertemente presionados por las instituciones hembristas, conceptos como "chantaje de carrera", " caza de brujas" y arbitrariedad ideológica del poder judicial, se nos vienen inmediatamente a la cabeza como las explicaciones más coherentes ante estas desigualdades.

En efecto, al margen de si el Juez Serrano obró o no de acuerdo a derecho al permitir a un niño participar de la "Madrugá" sevillana, el castigo severísimo de diez años de inhabilitación y la multa de 5400 euros solicitada por la Fiscalía de Sevilla o la demanda claramente exorbitada presentada por la acusación particular que dobla a 20 años el tiempo de inhabilitación y solicita como sanciones económicas el pago de una multa de 14.400 euros por un delito de prevaricación dolosa, una indemnización de 60.000 euros para la madre en concepto de responsabilidad civil por los daños morales y físicos sufridos, otra de 100.000 para el menor implicado por los mismos daños y "el gravísimo estigma público" al que se le ha sometido, y una cuarta de 12000 euros para el otro hijo menor de la querellante, enmarcado todo dentro de la más que discutible afirmación de que Serrano actuó "por motivos ideológicos de desprecio y discriminación por razón del sexo", más que una sanción jurídica parece todo un castigo ejemplarizante, para que los muchos e influyentes enemigos que Serrano se buscó al atreverse a poner en entredicho el tabú feminista vean por fin cumplida su venganza retirándolo de su cargo, demanda que manifestaron desde el primer instante en que este juez hizo uso de su libertad de expresión y criterio profesional como juez de familia y se atreviese a criticar las injusticias derivadas de la intocable Ley Integral. Todo pese a su brillante curriculum profesional con cerca de 20.000 autos y sentencias dictadas, sus más de once años de ejercicio como magistrado durante los cuales ha recibido significativos premios, como el otorgado por Amuvi, (Asociación de Asistencia a Mujeres Violadas), o el de Prodeni, (Asociación Pro Derechos del Niño y la Niña), por su defensa de mujeres maltratadas y menores.

Este ensañamiento con Serrano es otra prueba del régimen hembrista que padecemos, y no sólo busca castigarlo, sino también inhibir a cualquiera que se atreva a cuestionar el dogma. Penar a Serrano mientras se pasa por alto la seria falta de Mª Emilia Casas Bahamonde tiene todo el aspecto de un intento de amedrentarnos a todos y todas, como lo fue solicitar al CGPJ que apartase a María Sanahuja, antigua jueza decana de Barcelona, de todo procedimiento judicial concerniente al Derecho de Familia y Matrimonio tras señalar el aumento de las denuncias falsas, o lo fueron las acciones cometidas contra Tatiana Torrejón, experta en Derecho, Economía y Políticas Públicas, al pedir y conseguir que no se divulgase un informe suyo realizado para el CES en el que se señalaba el uso torticero de la Ley Integral, o contra María Jesús García Pérez juez titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Gijón que fue condenada a una multa de 3000 euros por hacer pública su opinión sobre la Ley Integral, a la que consideraba inconstitucional y favorecedora de denuncias falsas, venganzas y corrupción. O contra una de las antiguas directoras del Instituto de la Mujer, Miriam Tey, que cayó en desgracia y sufrió una fuerte campaña de rechazo por parte de las asociaciones feministas más radicales de nuestro país, justo después de plantear llevar a cabo auditorías económicas para averiguar precisamente cuál era el destino real de las subvenciones entregadas a muchas de estas organizaciones.

En efecto, la actitud de Doña Mª Emilia Casas Bahamonde es mucho más tendenciosa ideológicamente que la de Serrano, al orientar hacía asociaciones de un cariz fuertemente feminista, y afecta a un caso más grave por tener relación con un asesinato, además la falta de la letrada resulta más clara y directamente reconocible. Sin embargo ningún TSJ ha dado mayor importancia al asunto y lo han dejado pasar sin mayores consecuencias. La severidad con uno y la indiferencia con la otra nos hablan de un poder judicial alineado con los intereses del feminismo de género. Y es que la represión del que no comulga con la verdad oficial y se atreve a decirlo, junto con las informaciones manipuladas o las mentiras, constituye una de las herramientas necesarias para la supervivencia de cualquier totalitarismo.





martes, 16 de agosto de 2011

KH7: el esclavo doméstico-sexual.







Muchas interpretaciones se le puede dar a este spot publicitario. De entrada ya he leído en algunos periódicos ciertas críticas por su fuerte contenido sexual, y que tal anuncio no debería emitirse en horario infantil.



Pero claro, este anuncio encierra mucho más que solo la exhibición de ese criticado contenido sexual. Me hace recordar la frase pronunciada por un personaje femenino a otro personaje femenino en una serie española que duró poco, emitida hace menos de dos años, no recuerdo el título pero sí lo que le decía una a la otra: "mantén a un hombre excitado y conseguirás de él lo que quieras". Esa idea del hombre básico, simple y manipulable por medio del sexo, se ensalza aquí de una forma clara: "pueden más dos tetas que dos carretas". Esa intención feminista -justa- de que el hombre debe compartir las tareas del hogar está expresada aquí de una manera extrema. El hombre aparece claramente como objeto sexual. Este spot se enmarca dentro de esa tradición publicitaria que a la mujer repugna tanto cuando es ella la que se convierte en objeto, y que sin embargo no concede importancia alguna cuando es el hombre el utilizado para tal fin.



Recuerda también esa práctica, no sé si de última tendencia o no, denominada por sus siglas en inglés CFNM, es decir, clother female, nude male (mujer vestida, hombre desnudo) y que consiste en eso precisamente, en la recreación de escena pornográficas donde las mujeres siempre aparecen vestida frente a uno o varios hombres desnudos, pero con la intención de humillarlos, someterlos y finalmente obtener, por parte de ellas, un beneficio sexual. Se trata de la utilización del hombre como simple objeto sexual de usar y tirar. En este spot sin embargo el hombre es usado, pero no desechado sino utilizado para el servicio doméstico. Ella aparece vestida con traje de ejecutiva elevando su categoría laboral y social por encima de él, que es quién limpia la casa denodadamente, pero además desnudo. Ella lo desnuda totalmente y lo sigue "invitando" a que continúe con la limpieza. Tras el trabajo obtendrá su recompensa: el acto sexual; lo máximo a que un hombre puede aspirar.



¿Donde están esos organismos encargados de velar por una publicidad igualitaría y justa? ¿no les parece a ellos esto suficientemente degradante? ¿qué hubiese sucedido si en vez de un hombre desnudo limpiando apareciese una mujer denuda limpiando, y por detrás apareciera un hombre vestido con traje de chaqueta en la misma situación? ¿por qué en la mujer no es tolerable esa situación humillante, si lo es en el hombre?